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Artículo 1653 Código Civil – Reversión de la finca enfitéutica al dueño directo

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO VII – De los censos › CAPÍTULO II – Del censo enfitéutico › Sección 1.ª Disposiciones relativas a la enfiteusis · epígrafe no oficial

A falta de herederos testamentarios descendientes, ascendientes, cónyuge supérstite y parientes dentro del sexto grado del último enfiteuta, volverá la finca al dueño directo en el estado en que se halle, si no dispuso de ella el enfiteuta en otra forma.

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