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Artículo 1808 Código Civil – Justificación de la existencia del beneficiario

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XII – De los contratos aleatorios o de suerte › CAPÍTULO IV – De la renta vitalicia · epígrafe no oficial

No puede reclamarse la renta sin justificar la existencia de la persona sobre cuya vida esté constituida.

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