Artículo 1852 Código Civil – Liberación del fiador por hecho del acreedor
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIV – De la fianza › CAPÍTULO III – De la extinción de la fianza · epígrafe no oficial
Los fiadores, aunque sean solidarios, quedan libres de su obligación siempre que por algún hecho del acreedor no puedan quedar subrogados en los derechos, hipotecas y privilegios del mismo.