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Artículo 1852 Código Civil – Liberación del fiador por hecho del acreedor

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIV – De la fianza › CAPÍTULO III – De la extinción de la fianza · epígrafe no oficial

Los fiadores, aunque sean solidarios, quedan libres de su obligación siempre que por algún hecho del acreedor no puedan quedar subrogados en los derechos, hipotecas y privilegios del mismo.

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