Fuentes oficialesboe.es · EUR-Lex
Europaius

Artículo 1885 Código Civil – Compensación de intereses con frutos en la anticresis

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XV – De los contratos de prenda, hipoteca y anticresis › CAPÍTULO IV – De la anticresis · epígrafe no oficial

Los contratantes pueden estipular que se compensen los intereses de la deuda con los frutos de la finca dada en anticresis.

Fuente oficial: boe.es · Versión: · Texto completo · Índice de artículos

Otros artículos de esta división

Texto según la fuente oficial. Solo la publicación oficial tiene validez jurídica.