Artículo 342 Código Civil – Régimen jurídico del Patrimonio Real
Código Civil · LIBRO SEGUNDO – De los animales, de los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones › TÍTULO I – De la clasificación de los animales y de los bienes › CAPÍTULO III – De los bienes según las personas a que pertenecen · epígrafe no oficial
Los bienes del Patrimonio Real se rigen por su ley especial; y, en lo que en ella no se halle previsto, por las disposiciones generales que sobre la propiedad particular se establecen en este Código.
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