Artículo 43 Código Civil – Efectos del incumplimiento de la promesa de matrimonio
Código Civil · LIBRO PRIMERO – De las personas › TÍTULO IV – Del matrimonio › CAPÍTULO I – De la promesa de matrimonio › Sección segunda. Disposiciones comunes a las dos clases de matrimonio – Se modifica la rúbrica por el art. 2 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677. · epígrafe no oficial
El incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio hecha por persona mayor de edad o por menor emancipado sólo producirá la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido.
Esta acción caducará al año contado desde el día de la negativa a la celebración del matrimonio.