Fuentes oficialesboe.es · EUR-Lex
Europaius

Artículo 622 Código Civil – Régimen de las donaciones onerosas y remuneratorias

Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO II – De la donación › CAPÍTULO I – De la naturaleza de las donaciones · epígrafe no oficial

Las donaciones con causa onerosa se regirán por las reglas de los contratos y las remuneratorias por las disposiciones del presente título en la parte que excedan del valor del gravamen impuesto.

Fuente oficial: boe.es · Versión: · Texto completo · Índice de artículos

Otros artículos de esta división

Texto según la fuente oficial. Solo la publicación oficial tiene validez jurídica.