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Artículo 626 Código Civil – Aceptación de donaciones condicionales por incapaces

Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO II – De la donación › CAPÍTULO II – De las personas que pueden hacer o recibir donaciones · epígrafe no oficial

Las personas que no pueden contratar no podrán aceptar donaciones condicionales u onerosas sin la intervención de sus legítimos representantes.

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