Artículo 732 Código Civil – Testamento de españoles fuera de España
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO I – De los testamentos › Sección 9.ª Del testamento hecho en país extranjero · epígrafe no oficial
Los españoles podrán testar fuera del territorio nacional, sujetándose a las formas establecidas por las leyes del país en que se hallen.
También podrán testar en alta mar, durante su navegación en un buque extranjero, con sujeción a las leyes de la nación a que el buque pertenezca.
Podrán asimismo hacer testamento ológrafo con arreglo al artículo 688 sin el requisito de papel sellado, aun en los países cuyas leyes no admiten dicho testamento.
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