Artículo 28 LAU – Extinción del arrendamiento
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) · TÍTULO II – De los arrendamientos de vivienda › CAPÍTULO V – De la suspensión, resolución y extinción del contrato
El contrato de arrendamiento se extinguirá, además de por las restantes causas contempladas en el presente Título, por las siguientes:
a)Por la pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador.
b)Por la declaración firme de ruina acordada por la autoridad competente.
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