Artículo 3 LEC – Ámbito territorial de las normas procesales civiles
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · TÍTULO PRELIMINAR – De las normas procesales y su aplicación
Con las solas excepciones que puedan prever los Tratados y Convenios internacionales, los procesos civiles que se sigan en el territorio nacional se regirán únicamente por las normas procesales españolas.
Jurisprudencia sobre el Artículo 3 LEC
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Artículos que remiten a este
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