Artículo 1013 Código Civil – Necesidad de inventario para la declaración de herencia
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO V – Disposiciones comunes a las herencias por testamento o sin él › Sección 5.ª Del beneficio de inventario y del derecho de deliberar · epígrafe no oficial
La declaración a que se refieren los artículos anteriores no producirá efecto alguno si no va precedida o seguida de un inventario fiel y exacto de todos los bienes de la herencia, hecho con las formalidades y dentro de los plazos que se expresarán en los artículos siguientes.
Otros artículos de esta división
- Artículo 1010
- Artículo 1011Forma de aceptación a beneficio de inventario
- Artículo 1012Declaración del heredero residente en el extranjero
- Artículo 1014
- Artículo 1015
- Artículo 1016
- Artículo 1017Plazos del inventario
- Artículo 1018Efectos del incumplimiento del plazo del inventario
- Artículo 1019Plazo para manifestar la deliberación al notario
- Artículo 1020Administración y custodia de los bienes hereditarios
- Artículo 1021Beneficio de inventario del heredero vencedor en juicio
- Artículo 1022
- Artículo 1023Efectos del beneficio de inventario
- Artículo 1024Pérdida del beneficio de inventario
- Artículo 1025Prohibición de reclamar legados durante el inventario