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Artículo 1112 Código Civil – Transmisibilidad de los derechos adquiridos

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO I – De las obligaciones › CAPÍTULO II – De la naturaleza y efecto de las obligaciones · epígrafe no oficial

Todos los derechos adquiridos en virtud de una obligación son transmisibles con sujeción a las leyes, si no se hubiese pactado lo contrario.

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