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Artículo 1414 Código Civil – Adquisición conjunta de bienes

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO III – Del régimen económico matrimonial › CAPÍTULO V – Del régimen de participación › Sección quinta. De la administración de la sociedad de gananciales · epígrafe no oficial

Si los casados en régimen de participación adquirieran conjuntamente algún bien o derecho, les pertenece en pro indiviso ordinario.

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