Artículo 1812 Código Civil – Transacción por corporaciones con personalidad jurídica
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIII – De las transacciones y compromisos › CAPÍTULO I – De las transacciones · epígrafe no oficial
Las corporaciones que tengan personalidad jurídica sólo podrán transigir en la forma y con los requisitos que necesiten para enajenar sus bienes.
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