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Artículo 1814 Código Civil

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIII – De las transacciones y compromisos › CAPÍTULO I – De las transacciones

No se puede transigir sobre el estado civil de las personas, ni sobre las cuestiones matrimoniales, ni sobre alimentos futuros.

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Jurisprudencia sobre el Artículo 1814 Código Civil

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