Artículo 1814 Código Civil
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIII – De las transacciones y compromisos › CAPÍTULO I – De las transacciones
No se puede transigir sobre el estado civil de las personas, ni sobre las cuestiones matrimoniales, ni sobre alimentos futuros.
Jurisprudencia sobre el Artículo 1814 Código Civil
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