Artículo 5 Código Civil – Cómputo de los plazos civiles
Código Civil · TÍTULO PRELIMINAR – De las normas jurídicas, su aplicación y eficacia › CAPÍTULO II – Aplicación de las normas jurídicas · epígrafe no oficial
En resumen
Este artículo regula cómo se calculan los plazos civiles. Si se fijan por días desde una fecha, ese día inicial no cuenta y el cómputo empieza al día siguiente. Si se fijan por meses o años, se cuentan de fecha a fecha; si el mes de vencimiento no tiene día equivalente al inicial, el plazo expira el último día de ese mes. Además, en el cómputo civil de plazos no se excluyen los días inhábiles.
Resumen divulgativo. Solo el texto del artículo tiene valor jurídico.
1.Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
2.En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.
Jurisprudencia sobre el Artículo 5 Código Civil
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