Artículo 650 Código Civil – Derecho del donante sobre bienes enajenados
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO II – De la donación › CAPÍTULO IV – De la revocación y reducción de las donaciones · epígrafe no oficial
En el caso a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, tendrá derecho el donante para exigir del donatario el valor de los bienes enajenados que no pueda reclamar de los terceros, o la cantidad en que hubiesen sido hipotecados.
Se atenderá al tiempo de la donación para regular el valor de dichos bienes.
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