Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
¿De qué trata esta norma?
Esta ley establece un Sistema de Gestión para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) con el fin de mitigar los impactos de la pandemia COVID-19 y modernizar la sociedad española. Su objetivo es asegurar la correcta planificación, ejecución y control de los proyectos y subproyectos que componen el Plan.
A quién afecta: Las entidades que integran el sector público español; Cualesquiera otros agentes implicados en la ejecución del PRTR como perceptores de fondos.
De un vistazo
- País
- España
- Área del derecho
- Derecho mercantil y societario
- Artículos
- 13
- Resoluciones judiciales
- 1
- Fuente
- boe.es
- Texto obtenido el
- Explicación actualizada el
¿Qué regula esta norma?
- La definición, planificación, ejecución, seguimiento y control de los proyectos y subproyectos del PRTR.
- Los procedimientos e instrumentos para la coordinación y seguimiento del Plan.
- La aplicación de principios específicos de gestión, como el etiquetado verde y digital, y la prevención del fraude.
- La identificación de los perceptores finales de los fondos, contratistas y subcontratistas.
¿A quién afecta esta norma?
- Las entidades que integran el sector público español.
- Cualesquiera otros agentes implicados en la ejecución del PRTR como perceptores de fondos.
¿Cuáles son los puntos clave?
- El Plan busca modernizar el tejido productivo, impulsar la descarbonización, fomentar la digitalización y mejorar la investigación y formación.
- Se deben adoptar medidas para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
- Es obligatorio identificar al perceptor final de los fondos, ya sea como beneficiario de ayudas, adjudicatario de un contrato o subcontratista.
- Los órganos responsables y gestores deben autoevaluar sus procedimientos al menos una vez al año para asegurar el cumplimiento de los principios establecidos.
Jurisprudencia sobre esta norma
Derecho mercantil y societario
Derecho mercantil y societario
Texto legal
Texto legal
Índice (13)
- Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2 Principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transforma
- Artículo 3 Concepto de hito y objetivo, criterios para su seguimiento y acreditac
- Artículo 4 Etiquetado verde y etiquetado digital
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7 Compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la d
- Artículo 8 Identificación del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayu
- Artículo 9 Comunicación
- Artículo 10 Modificaciones y seguimiento de los principios aplicables
- Artículo 11 El sistema de información de gestión y seguimiento
- Artículo 12 El Informe de Gestión
- Artículo 13 Declaración de Gestión
200 ok El Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, en adelante PRTR, se configura como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la Pandemia COVID-19, así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la «descarbonización» y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, consiguiendo en última instancia una mayor capacidad de la sociedad para superar problemas como la Pandemia, conforme al marco establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
El artículo 8 del citado Reglamento, relativo a la ejecución del PRTR, determina que «La Comisión ejecutará el Mecanismo en régimen de gestión directa de conformidad con las normas pertinentes adoptadas en virtud del artículo 322 del TFUE, en particular el Reglamento Financiero y el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo». Este planteamiento conlleva el diseño de instrumentos específicos y la adaptación de los procedimientos al marco que se define.
Con la finalidad de hacer efectivas las iniciativas planteadas en el menor tiempo posible, las Administraciones Públicas deben adoptar múltiples medidas, entre las que se encuentran la adaptación de los procedimientos de gestión y el modelo de control, junto a la configuración y desarrollo de un Sistema de Gestión que facilite la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los Servicios de la Comisión Europea, conforme a los estándares requeridos, tanto desde el punto de vista formal como operativo.
A estos efectos, no se puede obviar que se trata de un desafío que requiere la actuación coordinada de diversos órganos de la Administración General del Estado, de las Administraciones Autonómicas y de las Entidades Locales, así como entidades privadas en la medida que el Componente concrete la colaboración público-privada para la consecución de determinados objetivos. Igualmente, cabe reseñar que la operatividad del modelo está condicionada por la adecuación de los flujos de información entre las Administraciones Públicas implicadas, incluido el ámbito de la Seguridad Social, tomando en consideración el marco normativo de carácter general y el específico para la gestión del Plan.
El Real Decreto 689/2020 de 21 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en su artículo 11 que la Secretaria General de Fondos Europeos es la autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia ante las instituciones europeas. Por otra parte, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de las Administraciones Públicas y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dispone diversas adaptaciones de los procedimientos habituales con la finalidad de facilitar una gestión eficaz y eficiente en la ejecución de dicho Plan. Estas modificaciones también comprenden la adaptación de la gestión presupuestaria y los relativos a la fiscalización en el ejercicio de la función de control.
Adicionalmente, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y la configuración del Plan, los procedimientos deben contemplar los requerimientos establecidos en relación con la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la cohesión territorial, el respeto al medio ambiente e incentivo a la digitalización. En la misma línea, cabe hacer mención a la lucha contra el fraude y la corrupción, y la identificación de los beneficiarios últimos de las ayudas, así como de los contratistas y subcontratistas. Estos principios no son contemplados con el alcance requerido en la dinámica de gestión tradicional, por lo que se regula su introducción para la adecuada consideración en las actuaciones llevadas a cabo para lograr los hitos y objetivos aprobados.
En este sentido, conforme a lo previsto en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, se concreta la obligación de recabar, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, información identificativa relativa al perceptor final de los fondos, así como de los contratistas y subcontratistas.
Por otra parte, dado que el Plan comprende el periodo 2020-2026, podría ser necesario perfeccionar algunos aspectos que no forman parte de la Decisión de Ejecución del Consejo o Council Implementing Decision (CID), por lo que se prevén procedimientos de modificación con un alcance limitado a supuestos no esenciales, como sería la definición de proyectos o subproyectos y posibles novaciones en los criterios establecidos en relación con los principios de obligado cumplimiento. En todo caso, cambios orientados al adecuado cumplimiento de los compromisos asumidos.
La consideración de estos criterios debe extenderse al ámbito de las funciones de control de gestión que desarrollen los órganos administrativos, con el alcance adecuado a los fines que se persiguen y como garantía de cumplimiento de los criterios establecidos por la Comisión Europea. En este sentido, dado su carácter transversal, se recogen estos principios o criterios que son de obligatoria consideración, incluyendo como anexo las referencias para asegurar una aplicación homogénea con un estándar mínimo.
Esta Orden responde a los principios de buena regulación de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, de conformidad con el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia dado el interés general en el que se fundamenta el contenido de la disposición. La norma es acorde con el principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente mencionados. Igualmente, se ajusta al principio de seguridad jurídica, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico. En cuanto al principio de transparencia, la norma será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». Por último, en relación con el principio de eficiencia, se ha procurado que la norma genere las menores cargas administrativas para los ciudadanos.
Esta norma se compone de preámbulo, trece artículos, disposición transitoria única, disposición derogatoria, tres disposiciones finales, y cuatro anexos.
Conforme a lo expuesto, por esta Orden de la Ministra de Hacienda y Función Pública, se concretan las directrices que garanticen el cumplimiento coordinado de los requerimientos establecidos por la normativa comunitaria para la ejecución del PRTR, tomando en consideración el contenido funcional asignado a la Secretaría General de Fondos Europeos, como Autoridad Responsable, atendiendo a lo previsto en la normativa por la que se desarrolla la estructura orgánica básica de este Ministerio y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, todo ello con independencia de las competencias propias de la Intervención General de la Administración del Estado, conforme a los previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en su condición de Autoridad de Control, conforme el artículo 21 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2Principios de gestión específicos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
A su vez y a estos efectos, se deberá tomar en consideración los pronunciamientos y actos delegados publicados por los servicios de la Comisión Europea en relación con los requerimientos relativos a cada principio.
En este sentido, en el anexo II se recogen diversos cuestionarios orientados a facilitar la autoevaluación del procedimiento aplicado por los órganos ejecutores del PRTR en relación con el adecuado cumplimiento de los principios establecidos.
Las entidades decisoras y ejecutoras, como responsables últimos del control de la gestión, adoptarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las iniciativas necesarias con la finalidad de garantizar la adecuación de los procedimientos a las exigencias del apartado 4 del anexo I del Acuerdo de Financiación, sin perjuicio de las recomendaciones que determine la Intervención General de la Administración del Estado, como Autoridad de Control.
Artículo 3Concepto de hito y objetivo, criterios para su seguimiento y acreditación del resultado
Los hitos y objetivos son metas a alcanzar en momentos determinados del tiempo y permiten verificar que las Medidas, Proyectos, Subproyectos o Líneas de acción logran la finalidad o los resultados para los que se definieron. Para cumplir su función, los hitos y objetivos tienen asociados indicadores, cualitativos o cuantitativos, que miden su progreso y determinan su cumplimiento.
Con la finalidad de asegurar la implantación homogénea del sistema, en el anexo III.A se concretan las referencias en relación con la gestión de hitos y objetivos, sobre la base de un cuestionario orientado al análisis de los aspectos más significativos.
Para aquellos Proyectos para los que se establezca una descomposición en Subproyectos, la Entidad ejecutora del Proyecto será la responsable de validar la desagregación de los Hitos y Objetivos Críticos y No Críticos del Proyecto en los Hitos y Objetivos Críticos y No Críticos de los Subproyectos.
Igualmente, para aquellos Subproyectos para los que se establezca una descomposición en un nivel inferior de Subproyectos, la Entidad ejecutora del Subproyecto de nivel superior será la responsable de validar la desagregación de los Hitos y Objetivos Críticos y No Críticos de su competencia en los Hitos y Objetivos Críticos y No Críticos de los Subproyectos de nivel inferior.
Las Entidades ejecutoras serán las responsables de establecer el resto de Hitos y Objetivos de Gestión del Proyecto o Subproyecto de su competencia.
Solo en excepciones debidamente justificadas y validadas por la Autoridad Responsable, podrá establecerse la medición de un indicador de nivel superior que no se derive directamente de los indicadores de su nivel inmediatamente inferior.
La información de los indicadores de hitos y objetivos en curso y de sus mecanismos de verificación deberá estar actualizada en el sistema informático con el resultado de las mediciones correspondientes al último día de cada mes de referencia no más tarde del día diez del mes siguiente. De este modo, el día once del mes siguiente se generarán automáticamente en el sistema informático los Informes de Seguimiento de Subproyectos, Proyectos y Medidas con la información actualizada al mes de referencia.
Una vez registrado en el sistema informático el cumplimiento de un Hito u Objetivo CID, se generará el correspondiente Certificado de Cumplimiento que deberá ser firmado por el Órgano responsable de la Medida de la Entidad decisora. En el supuesto de hitos u objetivos OA, firmará el órgano responsable o persona en la que delegue.
Los Certificados de Cumplimiento de los hitos y objetivos estarán a disposición de la Autoridad de Control desde la fecha en la que se formalicen, con la finalidad de facilitar el desarrollo de la función que le corresponde.
Artículo 4Etiquetado verde y etiquetado digital
En cuanto a los conceptos a computar, el Reglamento del MRR incluye una lista de Campos de Intervención a los que pueden asignarse, en todo o en parte, las dotaciones financieras de las medidas del Plan, concretando en el anexo VI los correspondientes para Clima, y en el anexo VII para Digital, que puede ser en ambos casos del 0 %, 40 % o 100 %.
Artículo 5
Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el medioambiente (Do No Significant Harm, DNSH), seguimiento y verificación de resultado sobre la evaluación inicial El Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establece que ninguna de las medidas de ejecución de las reformas e inversiones incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia causará un perjuicio significativo (DNSH) a los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, detallados a continuación:
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contiene una evaluación inicial individualizada para cada medida, con las respectivas inversiones y reformas, asegurando el cumplimiento del principio de DNSH, de acuerdo con la metodología establecida en la Comunicación de la Comisión (2021/C 58/01).
En el anexo II.B.4 se incluye un test específico de autoevaluación en relación con el cumplimiento de los requerimientos básicos, mientras que en el anexo III.B se proporcionan referencias de gestión a fin de evitar impactos medioambientales no deseables.
Artículo 6Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses
A efectos de lograr una homogeneidad en el diseño de esas medidas por parte de tales participantes, y sin perjuicio de la aplicación de medidas adicionales atendiendo a las características y riesgos específicos de la entidad de que se trate, se recoge en el anexo II.B.5 un cuestionario de autoevaluación relativa al estándar mínimo, y en el anexo III.C orientación sobre medidas de prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de intereses, en el que se hace referencia a las posibles medidas a adoptar para garantizar una apropiada protección de los intereses financieros de la Unión en la ejecución de actuaciones financiadas o a financiar por el MRR.
La elección de las medidas de prevención y detección se deja a juicio de la entidad que asuma la responsabilidad de gestión, atendiendo a sus características específicas y siempre teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una conveniente protección de los intereses de la Unión.
Artículo 7Compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación
En el caso concreto del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el considerando 62 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, establece que las acciones previstas en dicho Reglamento deben ser coherentes con los programas de la Unión en curso y complementarlos, así como evitar la doble financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión de los mismos gastos. Asimismo, el artículo 9 del citado Reglamento dispone que las reformas y los proyectos de inversión podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.
A este fin, en el anexo II.B.6 se recoge un cuestionario de autoevaluación relativa al estándar mínimo, y en el anexo III.D una referencia orientativa para facilitar el cumplimiento de los requerimientos sobre la compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.
Artículo 8Identificación del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayudas, contratistas y subcontratistas
Con la finalidad de dar adecuado cumplimiento al mandato establecido en la letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, se configura el siguiente procedimiento de incorporación de información específica:
Artículo 9Comunicación
En todo caso, se tomará en consideración lo dispuesto en el artículo 10 del Acuerdo de Financiación entre la Comisión Europea y el Reino de España, por el que se concreta el marco en relación con la publicación de información, visibilidad de la financiación de la Unión y derecho de uso, en los términos que se recogen en los siguientes apartados.
Las entidades responsables y gestoras designarán un responsable de comunicación a fin de asegurar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente artículo, sobre la base de las directrices de la Autoridad Responsable.
Artículo 10Modificaciones y seguimiento de los principios aplicables
Sobre la base de la información disponible, la Autoridad Responsable, en su caso, instará la elaboración de un plan de acción por parte del Ministerio Responsable con las medidas que fueran necesarias con el objetivo de preservar el cumplimiento de los hitos y objetivos. Dicho plan será evaluado por la Autoridad Responsable.
En el caso de que se estime el incumplimiento definitivo, total o parcial, de los hitos y objetivos asignados, se procederá de conformidad con los artículos 4 y 5 del artículo 37, del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, y su desarrollo normativo, en relación con la tramitación de un procedimiento de reintegro, sin perjuicio del régimen previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 11El sistema de información de gestión y seguimiento
La Autoridad Responsable del Plan, en colaboración con la Oficina de Informática Presupuestaria, será la encargada del diseño y gestión del sistema, que se configura como un instrumento de relación entre las distintas entidades relacionadas con el PRTR, sobre las siguientes bases:
El sistema de gestión comprenderá la totalidad de flujos de información necesarios para el adecuado cumplimiento de los requerimientos fijados en la normativa reguladora. A estos efectos, los órganos responsables y los órganos gestores deberán proporcionar al sistema de información de gestión y seguimiento la documentación relativa al cumplimiento de los hitos y objetivos que les corresponda, conforme a las exigencias establecidas en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Atendiendo a su naturaleza, será de aplicación el criterio de actualización sistemática de la información, evitando dilaciones entre el momento en el que se genera y la actualización en el sistema. Se emitirá un informe de seguimiento mensual referido al mes inmediato anterior, conforme al plazo previsto en el artículo 3.7 de la presente Orden, con la finalidad de facilitar el análisis de cumplimiento de previsiones por los distintos niveles de responsabilidad.
En el supuesto de incumplimiento de los plazos previstos para la formalización de los Informes de Gestión o de la información acreditativa de su contenido, la Autoridad Responsable está facultada para requerir a los órganos decisores y ejecutores la información e informes necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones de rendición de cuentas y acreditación del resultado de la gestión conforme a los compromisos asumidos en el marco del PRTR.
Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de los requerimientos del PRTR, la Autoridad Responsable tendrá acceso a la información residenciada en otros sistemas, en particular la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la Plataforma de Contratación del Sector Público y el Registro de Titularidades Reales, estando facultada para incorporar al sistema la documentación que estime oportuno atendiendo al ámbito de competencia.
En el ámbito de las CC.AA. se podrá habilitar el acceso de las unidades orgánicas que desempeñen funciones de coordinación y seguimiento en relación con fondos europeos.
Atendiendo a la configuración plurianual del PRTR, el sistema habilitará los campos necesarios para la disponibilidad de las previsiones presupuestarias hasta el año 2026, al menos al nivel de proyecto, por cada uno de los componentes. Los órganos ejecutores incorporarán la información presupuestaria, como referencia para el seguimiento y análisis del cumplimiento de los hitos, objetivos e indicadores.
Artículo 12El Informe de Gestión
La elaboración del Informe de Gestión se residencia en el sistema de información de gestión y seguimiento y se formalizará con periodicidad semestral en consideración al ciclo de evaluación previsto en la normativa.
Adicionalmente, estos informes se pondrán a disposición de la Autoridad de Control por parte de la Autoridad Responsable, y serán, junto con las auditorías realizadas por la primera, el soporte de la declaración de gestión a elaborar por la Autoridad Responsable.
Corresponde la firma del Informe al órgano responsable en el ámbito de la Entidad decisora o al órgano gestor en el de la Entidad ejecutora, que será el que también asume la elaboración, firma y tramitación del Informe de Gestión ante la Autoridad responsable.
Para los Informes de Gestión a nivel Componente esta función será asumida por el titular de la Subsecretaría. En relación con los Informes de Gestión y de Previsiones a nivel Subproyecto, en el ámbito de Comunidades Autónomas asumirá las funciones el titular del órgano que desempeñe funciones análogas a las de Subsecretario en la correspondiente Consejería o equivalente. En el caso de las Entidades Locales y resto de participantes el Secretario o cargo que desempeñe funciones análogas certificará el resultado que recoja el informe de gestión conforme a la documentación administrativa y contable relativa al Subproyecto ejecutado por las correspondientes áreas o concejalías de la entidad local.
El órgano responsable de la Medida o del Componente de cada una de las Entidades decisoras, en su condición de responsable máximo de la totalidad, o parte, de los hitos y objetivos de una Medida o de un Componente, elaborará un informe referido a su ámbito de gestión, con la estructura definida en el sistema y se identificará en los siguientes términos: b. Informe de Gestión: Denominación del Ministerio y periodo al que se refiere, e identificación del ámbito que comprende: i. Hitos. ii. Objetivos.
I. Introducción.
II. Manifestación sobre procedimientos.
III. Descripción del componente.
IV. Marco temporal.
V. Escenario de gestión y resultados.
En el caso de que haya más de un ministerio que participe en la ejecución de un Componente, cada uno de ellos deberá elaborar y firmar un Informe de Gestión por la parte relativa a su respectivo ámbito de responsabilidad.
Artículo 13Declaración de Gestión
La Declaración se adaptará al modelo contenido en el Acuerdo de Financiación. No obstante, en la documentación que soporta la Declaración se dejará constancia de los Informes emitidos por la Autoridad de Control y los Informes de Gestión que soportan su contenido, haciendo mención de la Opinión del Órgano de Control y, en su caso, de las limitaciones al alcance y párrafos de énfasis, así como los antecedentes disponibles, en relación con:
En todo caso, tendrán la condición de órgano responsable a nivel de Componente aquellos que consten así categorizados respecto de los hitos y objetivos contenidos en el CID, y asumen la obligación a efectos de la formalización del Informe de Gestión del Componente, así como el cumplimiento de todos los requerimientos establecidos que derivan de la normativa aplicable, no siendo posible la delegación de firma a ninguna entidad pública o privada, con o sin personalidad jurídica.
Disposición transitoria única. Suministro de información de periodos anteriores a la entrada en vigor de la Orden, en relación con la «Base de Datos de los beneficiarios de las ayudas, de contratistas y subcontratistas».
A efectos del cumplimiento del mandato establecido en la letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la recopilación de los datos necesarios para elaborar la «Base de Datos de los beneficiarios de las ayudas, de contratistas y subcontratistas», en relación con los años 2020 y 2021, los órganos responsables y gestores aportarán la información sobre perceptores de ayudas, contratistas y subcontratistas, que hayan devengado compensaciones económicas en los años citados, por actuaciones desarrolladas en el marco del PRTR, con el formato y procedimiento que defina la Oficina de Informática Presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta Orden se aprueba al amparo de lo dispuesto en los apartados 13.ª, 14.ª y 18.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, Hacienda general y Deuda del Estado y las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Secretaría General de Fondos Europeos, en el ámbito de sus competencias, para dictar las resoluciones y adoptar medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en esta Orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de septiembre de 2021.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado.
ANEXO I Glosario de términos
Órgano responsable Ministerios Otros AGE CC.AA.
EE.LL.
Otros Entidad Decisora.
Componente.
Sí Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Medida.
Sí Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Proyecto.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Subproyecto.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Órgano gestor Ministerios Otros AGE CC.AA.
EE.LL.
Otros Entidad Decisora.
Componente.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Medida.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Proyecto.
Sí Aplica.
Sí Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Subproyecto.
Sí Aplica.
Sí Aplica.
Sí Aplica.
Sí Aplica.
Sí Aplica.
Informe de gestión (semestral) Ministerios Otros AGE CC.AA.
EE.LL.
Otros Entidad Decisora.
Componente.
Órgano Responsable.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Medida.
Órgano Responsable.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Proyecto.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Subproyecto.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Informe de previsiones (trimestral) Ministerios Otros AGE CC.AA.
EE.LL.
Otros Entidad Decisora.
Componente.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Medida.
Órgano Responsable.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Proyecto.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Subproyecto.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Informe de seguimiento (mensual) Ministerios Otros AGE CC.AA.
EE.LL.
Otros Entidad Decisora.
Componente.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Medida.
Automático.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Proyecto.
Automático.
Automático.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Subproyecto.
Automático.
Automático.
Automático.
Automático.
Automático.
Certificado de cumplimiento (al registrar finalización de hitos u objetivos) Ministerios Otros AGE CC.AA EE.LL.
Otros Entidad Decisora.
Componente.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Medida.
Órgano Responsable.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Proyecto.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Entidad Ejecutora.
Subproyecto.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
Órgano Gestor.
ANEXO II Test de autoevaluación y riesgo A. Objetivos y procedimiento.
B. Test.
C. Estimación riesgo: Tabla de valoración.
ANEXO II.A Objetivos y procedimiento La aprobación del PRTR conlleva la incorporación de principios y criterios que, en algunos casos, no son referencia habitual y sistemática en los procedimientos aplicados por las Administraciones Públicas.
Adicionalmente, el alcance y diversidad de las entidades implicadas en el desarrollo de los hitos y objetivos de los distintos componentes también plantea nuevos requerimientos, en particular la homogeneidad de las prácticas de gestión.
En este contexto, se ha estimado pertinente concretar unas referencias que faciliten la aplicación de un estándar en el conjunto del PRTR. Para ello, se ha diseñado un esquema de autoevaluación de diversos aspectos críticos para asegurar el mejor cumplimiento de los requerimientos establecidos por la normativa comunitaria. Se configura sobre la base de una serie de preguntas relativamente sencillas, pero con gran trascendencia en cuanto a la exigencia que subyace en cada término, atendiendo a que son garantías básicas para la gestión de los proyectos y subproyectos, así como para hacer posible el éxito en la consecución de los resultados previstos.
El análisis se estructura en dos bloques:
El procedimiento de autoevaluación se cierra con la cuantificación del riesgo, a partir de las respuestas a los cuestionarios que se plantean, sintetizando el análisis en un valor único. El objetivo es alcanzar el nivel de «riesgo bajo».
En el supuesto de que no se alcance, la entidad objeto de análisis debe adoptar medidas orientadas a mejorar los requerimientos que subyacen en las distintas cuestiones que se plantean en los test.
Tomando en consideración que las actuaciones a desarrollar para la consecución de los hitos y objetivos son susceptibles de revisión por la Autoridad de Control, la Intervención General de la Administración del Estado, por el Tribunal de Cuentas, por los Servicios de la Comisión Europea y por el Tribunal de Cuentas de la UE, se considera imprescindible que la autoevaluación se lleve a cabo de forma recurrente, al menos una vez al año, y que el resultado de la misma forme parte de la documentación que se incorpora al sistema. En última instancia, constituye una referencia de acreditación de buenas prácticas en la ejecución de los proyectos y subproyectos que desarrollan los componentes del PRTR, por lo que a la entrada en vigor de la OM se realizará la primera autoevaluación, adoptando en su caso las medidas necesarias para dotar de operatividad el modelo de gestión.
ANEXO II.B.1 Test aspectos esenciales Ámbito evaluación Órgano/Entidad:
Evaluador:
Cargo:
Fecha:
Aspectos esenciales (el incumplimiento requiere corrección inmediata) Sí No No procede A. ¿Considera que tienen cubierta la función de control de gestión/auditoría interna?
B. ¿Aplica procedimientos para el seguimiento de hitos, objetivos y proyectos?
C. ¿En sus procesos de toma de decisiones, evalúa de forma sistemática los principios: – – – i. Impactos medioambientales no deseados (Do no significant harm, DNSH). ii. Etiquetado digital y etiquetado verde. iii. Conflicto de interés, fraude y corrupción. iv Prevención doble financiación. v. Régimen ayudas de Estado. vi. Identificación de beneficiarios, contratistas y subcontratistas. vii Comunicación.
ANEXO II.B.2 Test control de gestión Análisis por áreas, grado de cumplimiento y riesgo Área: Control de Gestión/Auditoría Interna.
Pregunta Grado de cumplimiento 4 3 2 1 1. ¿Dispone de un servicio o recursos humanos específicos?
Subtotal puntos.
Puntos totales.
Puntos máximos.
40 Puntos relativos (puntos totales/puntos máximos).
Nota: 4 equivale al máximo cumplimiento, 1 al mínimo.
ANEXO II.B.3 Test hitos y objetivos Pregunta Grado de cumplimiento 4 3 2 1 1. ¿Se dispone de experiencia previa en gestión por objetivos?
Subtotal puntos.
Puntos totales.
Puntos máximos.
16 Puntos relativos (puntos totales/puntos máximos).
Nota: 4 equivale al máximo cumplimiento, 1 al mínimo.
ANEXO II.B.4 Test daños medioambientales Pregunta Grado de cumplimiento 4 3 2 1 1. ¿Se aplican procedimientos para valorar el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo»? (A estos efectos, se proporciona un modelo de lista de comprobación o check-list anexo III.B).
Subtotal puntos.
Puntos totales.
Puntos máximos.
16 Puntos relativos (puntos totales/puntos máximos).
Nota: 4 equivale al máximo cumplimiento, 1 al mínimo.
ANEXO II.B.5 Test conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción Pregunta Grado de cumplimiento 4 3 2 1 1. ¿Se dispone de un «Plan de medidas antifraude» que le permita a la entidad ejecutora o a la entidad decisora garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses?
Prevención 3. ¿Dispone de una declaración, al más alto nivel, donde se comprometa a luchar contra el fraude?
Detección 9. ¿Se han definido indicadores de fraude o señales de alerta (banderas rojas) y se han comunicado al personal en posición de detectarlos?
Corrección 13. ¿Se evalúa la incidencia del fraude y se califica como sistémico o puntual?
Persecución 15. ¿Se comunican los hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad ejecutora, a la entidad decisora o a la Autoridad Responsable, según proceda?
Subtotal puntos.
Puntos totales.
Puntos máximos.
64 Puntos relativos (puntos totales/puntos máximos).
Nota: 4 equivale al máximo cumplimiento, 1 al mínimo.
ANEXO II.B.6 Test compatibilidad régimen de ayudas de estado y evitar doble financiación Ayudas de Estado Pregunta Grado de cumplimiento 4 3 2 1 1. ¿Se aplican procedimientos para valorar la necesidad de notificación previa/comunicación de las ayudas a conceder en su ámbito y, en su caso, para realizar la oportuna notificación previa/comunicación de manera que se garantice el respeto a la normativa comunitaria sobre Ayudas de Estado? (A estos efectos, se proporciona un modelo de lista de comprobación o check-list).
Subtotal puntos.
Puntos totales.
Puntos máximos.
16 Puntos relativos (puntos totales/puntos máximos).
Nota: 4 equivale al máximo cumplimiento, 1 al mínimo.
Doble financiación Pregunta Grado de cumplimiento 4 3 2 1 1. ¿Se aplican procedimientos para valorar la posible existencia, en su ámbito de gestión, de doble financiación en la ejecución del PRTR? (A estos efectos, se proporciona un modelo de lista de comprobación o check-list).
3.¿Se carece de incidencias previas en relación con doble financiación (en el marco del MRR o de cualquier otro fondo europeo)?
4.¿Se constata la realización del análisis sobre la posible existencia de doble financiación por todos los niveles de ejecución?
Subtotal puntos.
Puntos totales.
Puntos máximos.
16 Puntos relativos (puntos totales/puntos máximos).
Nota: 4 equivale al máximo cumplimiento, 1 al mínimo.
Estimación de riesgo: Tabla de valoración Área (a) Puntos relativos (b) Factor de Ponderación (c) Valor asignado Control de Gestión.
18 % Hitos y Objetivos.
34 % Daños Medioambientales.
12 % Conflicto de Interés, Prevención del Fraude y la Corrupción.
12 % Compatibilidad Régimen de Ayudas de Estado.
1 2% Evitar Doble Financiación.
12 % Total.
N/A 100 % Nota: Valores de referencia.
Riesgo bajo:
Total Valor asignado ≥90 Riesgo medio:
Total Valor asignado ≥80 Riesgo alto:
Total Valor asignado ≥70 El Total Valor asignado se calcula sumando el valor asignado (c) de cada área, que se obtiene multiplicando los puntos relativos (a), obtenidos en el test correspondiente, por el factor de ponderación (b).
ANEXO III Referencias principios y criterios de gestión Índice A. Gestión de hitos y objetivos.
B. Análisis de riesgo sobre impactos medioambientales no deseados (DNSH).
C. Conflicto de interés, prevención de fraude y corrupción.
D.Régimen de ayudas de Estado y evitar la doble financiación.
ANEXO III.A Referencia gestión de hitos y objetivos Links a las Guías de la Comisión relativas a los Cuestionarios para la Gestión de Hitos y Objetivos: https://ec.europa.eu/info/files/guidance-member-states-recovery-and-resilience-plans_en. https://ec.europa.eu/info/files/commission-staff-working-document-draft-template-recovery-and-resilience-plans_en.
Cuestionario: Gestión de hitos y objetivos. Definición de Proyectos y Subproyectos Responsable: Entidad ejecutora (Órgano gestor) Definición de proyectos y subproyectos Sí No No aplica Comentarios 1 ¿La Entidad ejecutora de cada Proyecto/Subproyecto ha sido identificada? (la Entidad ejecutora del Proyecto puede coincidir con la Entidad decisora de la Medida en que se integra).
2 ¿El Órgano gestor de cada Proyecto/Subproyecto ha sido identificado? (si la Entidad ejecutora es la Entidad decisora de la Medida, el Órgano gestor del Proyecto puede coincidir con el Órgano responsable de la Medida).
3 ¿Se han identificado los usuarios que tendrán acceso a la información del Proyecto/Subproyecto en la herramienta informática y con qué roles (permisos)?
4 ¿Los hitos y objetivos Críticos de los Proyectos definidos cubren todo el espectro de los hitos y objetivos CID de la Medida?
5 ¿Los hitos y objetivos No Críticos de los Proyectos definidos cubren todo el espectro de los hitos y objetivos OA de la Medida?
6 ¿Todo hito u objetivo Crítico de Proyecto está vinculado a un hito u objetivo CID?
7 ¿Los hitos y objetivos Críticos del Subproyecto están vinculados al correspondiente hito u objetivo Crítico del Proyecto o Subproyecto en el que se integran?
8 ¿Los hitos y objetivos No Críticos del Subproyecto están vinculados al correspondiente hito u objetivo No Crítico del Proyecto o Subproyecto en el que se integran?
9 ¿Se han definido los indicadores (incluyendo sus unidades) y los mecanismos de verificación de los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del Proyecto/Subproyecto?
10 ¿El coste estimado (cifras anuales) de la Medida ha sido distribuido entre los Proyectos/Subproyectos definidos?
11 Si la Medida contribuye a la transición ecológica (climate tagging) y tiene asociado un único campo de intervención ¿se ha comprobado que el Proyecto/Subproyecto tiene asociado el campo de intervención?
12 Si la Medida contribuye a la transición ecológica (climate tagging) y tiene asociado más de un campo de intervención ¿se ha asignado al Proyecto/Subproyecto la/s submedida/s que le corresponden?
13 Si la Medida contribuye a la transición digital (digital tagging) y tiene asociado un único campo de intervención ¿se ha comprobado que el Proyecto/Subproyecto tiene asociado el campo de intervención?
14 Si la Medida contribuye a la transición digital (digital tagging) y tiene asociado más de un campo de intervención ¿se ha asignado al Proyecto/Subproyecto la/s submedida/s que le corresponden?
15 En caso de que para la ejecución del Proyecto sea necesario disponer de algún elemento que se obtiene al ejecutar otro Proyecto, ¿se ha detallado el Proyecto y el elemento del que se depende y en qué semestre se requiere su disponibilidad?
16 ¿La definición del Proyecto ha sido validada por Órgano responsable de la Medida en la que se integra? / ¿La definición del Subproyecto ha sido validada por Órgano gestor del Proyecto/Subproyecto en el que se integra?
17 ¿Se ha coordinado con la Autoridad responsable la definición del Proyecto/Subproyecto?
18 ¿Se ha cerrado en la herramienta informática la definición del Proyecto/Subproyecto?
Cuestionario: Gestión de hitos y objetivos. Planificación Anual de Proyectos y Subproyectos Responsable: Entidad ejecutora (Órgano gestor) Planificación anual de proyectos Sí No No aplica Comentarios 1 ¿Se han definido hitos y objetivos No Críticos adicionales en el periodo de planificación para una adecuada gestión de riesgos (adopción de acciones preventivas o correctivas) de eventuales incumplimientos de los hitos y objetivos Críticos?
2 ¿Se han definido los indicadores (incluyendo sus unidades) y los mecanismos de verificación de cada hito u objetivo No Crítico adicional?
3 ¿La descomposición en Líneas de acción (Actuaciones, Actividades y Tareas) durante el periodo de planificación permite una adecuada gestión y seguimiento del Proyecto/Subproyecto?
4 ¿Cada Línea de acción tiene definido, al menos, un hito u objetivo?
5 ¿Los hitos y objetivos definidos para las Líneas de acción cubren todo el espectro de los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del Proyecto/Subproyecto?
6 ¿Cada hito y objetivo de las Líneas de acción está vinculado a un hito u objetivo del nivel superior (los de Tareas a Actividad, los de Actividades a Actuación y los de Actuaciones a Proyecto o Subproyecto)?
7 ¿Se han definido los indicadores (incluyendo sus unidades) y los mecanismos de verificación de cada hito u objetivo de las Líneas de acción?
8 En caso de que, durante el periodo de planificación, el Proyecto/Subproyecto incluya un instrumento jurídico con el que se transfieran recursos económicos, ¿se ha planificado una Actuación para su tramitación?
9 En las Actuaciones planificadas para tramitar un instrumento jurídico con el que se transfieran recursos económicos, ¿se han establecido hitos de gestión que permitan aplicar los procedimientos para el cumplimiento del principio DNSH y de la normativa sobre Ayudas de Estado; y para la prevención de conflicto de intereses, de fraude, de corrupción y de doble financiación?
10 En las Actuaciones relativas a un instrumento jurídico con el que se transfieren recursos económicos, ¿se han establecido hitos de gestión que permitan la incorporación de la información de contratistas, subcontratistas y beneficiarios últimos de los fondos?
11 ¿Se ha distribuido el coste estimado del Proyecto/Subproyecto en las Actuaciones relativas a un instrumento jurídico con el que se transfieren recursos económicos (cifras anuales)?
12 En caso de ejercicios con presupuesto aprobado, ¿se ha asignado el importe/s presupuestado/s (cifras trimestrales) y la/s aplicaciones presupuestaria/s de cada Actuación con la que se transfieren recursos económicos?
13 Para los ejercicios en los que no se dispone de presupuesto aprobado, ¿se ha asignado el importe de presupuesto previsto (cifras anuales) de todo el horizonte temporal del Proyecto/Subproyecto?
14 En caso de que el Proyecto/Subproyecto contribuya a la transición ecológica o digital y tenga asignada asociada más de un campo de intervención, ¿se ha asignado la Submedida correspondiente a cada Actuación?
15 En caso de que para la ejecución de determinada Línea de acción sea necesario disponer de algún elemento que se obtiene al ejecutar otra Línea de acción del propio Proyecto/Subproyecto o de otro, ¿se ha detallado la Línea de acción y el elemento del que depende y el trimestre en el que se requiere su disponibilidad?
16 ¿La planificación anual del Proyecto ha sido validada por Órgano responsable de la Medida en la que se integra? / ¿La planificación anual del Subproyecto ha sido validada por Órgano gestor del Proyecto/Subproyecto en el que se integra?
17 ¿La planificación anual del Proyecto ha sido coordinada con la Autoridad responsable?
18 ¿Se ha cerrado en la herramienta informática la planificación anual del Proyecto?
Cuestionario: Gestión de hitos y objetivos. Ejecución de Líneas de acción Responsable: Entidad ejecutora (Órgano gestor) Ejecución de líneas de acción Seguimiento mensual de líneas de acción Sí No No aplica Comentarios 1 ¿Se ha registrado en la herramienta informática el progreso de los indicadores de las Líneas de acción de menor nivel y se ha incorporado la información acreditativa conforme a los mecanismos de verificación del mes correspondiente?
2 ¿El registro del progreso de los indicadores y de la información acreditativa se ha realizado en el plazo establecido?
3 ¿Se ha comprobado que los indicadores y mecanismos de verificación de las Líneas de acción de niveles superiores agregan la información de progreso correctamente?
4 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los indicadores y mecanismos de verificación de las Líneas de acción de niveles superiores agregaran la información de progreso?
5 ¿Se ha registrado en la herramienta informática los importes del comprometido y/o ejecutado de las Actuaciones en el mes correspondiente?
6 ¿El registro del comprometido y/o ejecutado se ha realizado en el plazo establecido?
7 ¿Se ha comprobado que los niveles superiores agregan la información del comprometido y/o ejecutado correctamente?
8 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los niveles superiores agregaran la información del comprometido y/o ejecutado?
9 ¿Se han calculado en la herramienta informática los importes comprometidos/ejecutados que contribuyen a la transición ecológica en las Actuaciones correspondientes?
10 ¿El registro de los importes que contribuyen a la transición ecológica se ha realizado en el plazo establecido?
11 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los niveles superiores agregaran la información de contribución a la transición ecológica?
12 ¿ Se han calculado en la herramienta informática los importes comprometidos/ejecutados que contribuyen la transición digital en las Actuaciones correspondientes?
13 ¿El registro de los importes que contribuyen la transición digital se ha realizado en el plazo establecido?
14 ¿Se ha comprobado que los niveles superiores agregan la información de contribución a la transición digital correctamente?
15 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los niveles superiores agregaran la información de contribución a la transición digital?
16 ¿En los casos en los que existe desviación entre la información de progreso/ejecución y la planificada, se han identificado los riesgos y las propuestas de acciones correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
Previsiones trimestrales de líneas de acción Sí No No aplica Comentarios 17 ¿Se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes del progreso de los indicadores de las Líneas de acción de menor nivel?
18 ¿El registro de la previsión de progreso de los indicadores se ha realizado en el plazo establecido?
19 ¿Se ha comprobado que los indicadores de las Líneas de acción de niveles superiores agregan la información de previsión correctamente?
20 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los indicadores de las Líneas de acción de niveles superiores agregaran la información de previsión?
21 ¿Se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes de los comprometidos/ejecutados en las Actuaciones correspondientes?
22 ¿El registro de la previsión de los comprometidos/ejecutados se ha realizado en el plazo establecido?
23 ¿Se ha calculado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes de los importes comprometidos/ejecutados que contribuyen la transición ecológica en las Actuaciones correspondientes?
24 ¿Se ha calculado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes de los importes comprometidos/ejecutados que contribuyen a la transición digital en las actuaciones correspondientes?
25 En los casos en los que existe desviación entre la información de la previsión y la planificada ¿se han identificado los riesgos y propuestas de acciones preventivas y/o correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
Cumplimiento HyO de líneas de acción Sí No No aplica Comentarios 26 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta el valor/estado final del indicador del hito u objetivo cumplido y que toda la información acreditativa del mecanismo de verificación y de ejecución presupuestaria (incluyendo, en su caso, los importes de contribución a la transición ecológica y/o digital) asociada al mismo ha sido incorporada?
27 ¿Se ha comprobado que se han llevado a cabo los procedimientos para el cumplimiento del principio DNSH y de la normativa sobre Ayudas de Estado; y para la prevención de conflicto de intereses, de fraude, de corrupción y de doble financiación asociados al hito u objetivo cumplido y que existe el correspondiente registro en la herramienta informática?
28 ¿El hito u objetivo cumplido ha sido marcado en la herramienta informática como finalizado (esta acción requiere firma electrónica)?
Cuestionario: Gestión de hitos y objetivos. Ejecución de Subproyectos (HyO críticos y no críticos) Responsable: Entidad ejecutora (Órgano gestor de Subproyecto) Ejecución de subproyectos Seguimiento mensual HyO críticos y no críticos Sí No No aplica Comentarios 1 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática el progreso de los indicadores de los niveles inmediatamente inferiores que integran el Subproyecto y se ha incorporado la información acreditativa conforme a los mecanismos de verificación del mes correspondiente?
2 ¿Se ha comprobado que los indicadores y mecanismos de verificación de los hitos y objetivos Críticos y No críticos se ha agregado correctamente?
3 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los indicadores y mecanismos de verificación de los hitos y objetivos Críticos y No críticos hayan agregado la información?
4 En el caso de que no se hayan definido niveles inferiores, ¿se ha registrado en la herramienta informática el progreso de los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No críticos y se ha incorporado la información acreditativa conforme a los mecanismos de verificación del mes correspondiente?
5 ¿El registro del progreso de los indicadores y de la información acreditativa se ha realizado en el plazo establecido?
6 ¿Se ha comprobado que se han registrado en la herramienta informática los importes comprometidos/ejecutados de las Actuaciones que integran el Subproyecto en el mes correspondiente?
7 ¿Se ha comprobado que los importes comprometidos/ejecutados del Subproyecto se han agregado correctamente?
8 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Subproyecto haya agregado los importes comprometidos/ejecutados?
9 ¿Se ha comprobado que los importes que contribuyen a la transición ecológica del Subproyecto se han agregado correctamente?
10 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Subproyecto haya agregado la información de los importes que contribuyen a la transición ecológica?
11 En su caso, ¿se ha comprobado que los importes que contribuyen la transición digital del Subproyecto se ha agregado correctamente?
12 En su caso, ¿ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Subproyecto haya agregado la información importes que contribuyen la transición digital?
13 En su caso, ¿se han revisado los riesgos identificados para las Líneas de acción y las propuestas de acciones correctoras ?
14 En los casos en los que existe desviación entre la información de progreso/ejecución del Subproyecto y la planificada, ¿se han identificado los riesgos y las acciones correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
15 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Seguimiento mensual?
Previsiones trimestrales HyO críticos y no críticos Sí No No aplica Comentarios 16 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes del progreso de los indicadores de los niveles inmediatamente inferiores que integran el Subproyecto?
17 ¿Se ha comprobado que los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No críticos agregan la información de previsión correctamente?
18 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los hitos y objetivos Críticos y No críticos hayan agregado la información de previsiones?
19 En el caso de que no se hayan definido niveles inferiores ¿se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes del progreso de los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No críticos?
20 ¿El registro de la previsión de progreso de los indicadores se ha realizado en el plazo establecido?
21 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes de los comprometidos/ejecutados en las Actuaciones correspondientes?
22 ¿Se ha comprobado que el Subproyecto agrega la información de previsión de los comprometidos/ejecutados correctamente?
23 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Subproyecto haya agregado la información de los comprometidos/ejecutados?
24 En su caso, ¿se ha comprobado que el Subproyecto agrega la información de previsiones de contribución a la transición ecológica correctamente?
25 En su caso, ¿ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Subproyecto haya agregado la información de previsiones de contribución a la transición ecológica?
26 En su caso, ¿se ha comprobado que el Subproyecto agrega la información de previsiones de contribución a la transición digital correctamente?
27 En su caso, ¿ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Subproyecto haya agregado la información de previsiones de contribución a la transición digital?
28 En su caso, ¿se han revisado los riesgos identificados para las Líneas de acción o para otros Subproyectos integrados en el Subproyecto y sus propuestas de acciones preventivas y correctoras ?
29 En los casos en los que existe desviación entre la información de previsión del Subproyecto y la planificada, ¿se han identificado los riesgos y las acciones preventivas y correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
30 En caso de que las eventuales desviaciones tengan impacto en los ejercicios futuros ¿se ha registrado una previsión de presupuesto de ejercicios futuros que lo refleje?
31 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Previsiones y ha sido firmado electrónicamente por el Órgano gestor del Subproyecto?
32 ¿Se ha cerrado en la herramienta la previsión de los tres trimestres siguientes del Subproyecto?
Cumplimiento HyO críticos y no críticos Sí No No aplica Comentarios 33 ¿Se ha comprobado que se han registrado en la herramienta los valores/estados finales de los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre y que toda la información acreditativa de los mecanismos de verificación y de ejecución presupuestaria (incluyendo, en su caso, los importes de contribución a la transición ecológica y/o digital) asociada al mismo ha sido incorporada?
34 ¿Se ha comprobado que se han llevado a cabo los procedimientos para el cumplimiento del principio DNSH y de la normativa sobre Ayudas de Estado; y para la prevención de conflicto de intereses, de fraude, de corrupción y de doble financiación asociados a los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre y que existe el correspondiente registro en la herramienta informática?
35 ¿Los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre han sido marcados en la herramienta informática como finalizados?
36 ¿Se han generado en la herramienta las Certificados de Cumplimiento de los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre y han sido firmadas electrónicamente por el Órgano gestor del Subproyecto?
37 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Gestión del semestre correspondiente y ha sido firmado electrónicamente por el Órgano gestor del Subproyecto?
38 ¿Se ha cerrado en la herramienta reporte semestral del Subproyecto?
Cuestionario: Gestión de hitos y objetivos. Ejecución de Proyectos (HyO críticos y no críticos) Responsable: Entidad ejecutora (Órgano gestor de Proyecto) Ejecución de proyectos Seguimiento mensual HyO críticos y no críticos Sí No No aplica Comentarios 1 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática el progreso de los indicadores de los niveles inmediatamente inferiores que integran el Proyecto y se ha incorporado la información acreditativa conforme a los mecanismos de verificación del mes correspondiente?
2 ¿Se ha comprobado que los indicadores y mecanismos de verificación de los hitos y objetivos Críticos y No críticos se ha agregado correctamente?
3 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los indicadores y mecanismos de verificación de los hitos y objetivos Críticos y No críticos hayan agregado la información?
4 En el caso de que no se hayan definido niveles inferiores, ¿se ha registrado en la herramienta informática el progreso de los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No críticos y se ha incorporado la información acreditativa conforme a los mecanismos de verificación del mes correspondiente?
5 ¿El registro del progreso de los indicadores y de la información acreditativa se ha realizado en el plazo establecido?
6 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática los importes comprometidos/ejecutados de las Actuaciones que integran el Proyecto en el mes correspondiente?
7 ¿Se ha comprobado que los importes comprometidos/ejecutados del Proyecto se ha agregado correctamente?
8 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Proyecto haya agregado los importes comprometidos/ejecutados?
9 ¿Se ha comprobado que los importes que contribuyen la transición ecológica del Proyecto se ha agregado correctamente?
10 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Proyecto haya agregado la información importes que contribuyen la transición ecológica?
11 En su caso, ¿se ha comprobado que los importes que contribuyen la transición digital del Proyecto se ha agregado correctamente?
12 En su caso, ¿ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Proyecto haya agregado la información importes que contribuyen la transición digital?
13 En su caso, ¿se han revisado los riesgos identificados para las Líneas de acción o para los Subproyectos que integran el Proyecto y sus propuestas de acciones correctoras?
14 En los casos en los que existe desviación entre la información de progreso/ejecución del Proyecto y la planificada, ¿se han identificado los riesgos y las acciones correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
15 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Seguimiento mensual?
Previsiones trimestrales HyO críticos y no críticos Sí No No aplica Comentarios 16 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes del progreso de los indicadores de los niveles inmediatamente inferiores que integran el Proyecto?
17 ¿Se ha comprobado que los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No críticos agregan la información de previsión correctamente?
18 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los hitos y objetivos Críticos y No críticos hayan agregado la información de previsiones?
19 En el caso de que no se hayan definido niveles inferiores, ¿se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres siguientes del progreso de los indicadores de los hitos y objetivos Críticos y No críticos?
20 ¿El registro de la previsión de progreso de los indicadores se ha realizado en el plazo establecido?
21 ¿Se ha comprobado que se ha registrado en la herramienta informática la previsión de los tres trimestres de los comprometidos/ejecutados en las Actuaciones correspondientes?
22 ¿Se ha comprobado que el Proyecto agrega la información de previsión de los comprometidos/ejecutados correctamente?
23 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Proyecto haya agregado la información de previsión de los comprometidos/ejecutados?
24 En su caso, ¿se ha comprobado que el Proyecto agrega la información de previsiones de contribución a la transición ecológica correctamente?
25 En su caso, ¿ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Proyecto haya agregado la información de previsiones de contribución a la transición ecológica?
26 En su caso, ¿se ha comprobado que el Proyecto agrega la información de previsiones de contribución a la transición digital correctamente?
27 En su caso, ¿ha sido necesaria alguna acción correctiva para que el Proyecto haya agregado la información de previsiones de contribución a la transición digital?
28 En su caso, ¿se han revisado los riesgos identificados para las Líneas de acción y para Subproyectos y las propuestas de acciones preventivas y correctoras?
29 En los casos en los que existe desviación entre la información de previsión del Proyecto y la planificada, ¿se han identificado los riesgos y las acciones preventivas y correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
30 En caso de que las eventuales desviaciones tengan impacto en los ejercicios futuros ¿se ha registrado una previsión de presupuesto de ejercicios futuros que lo recoja?
31 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Previsiones y ha sido firmado electrónicamente por el Órgano gestor del Proyecto?
32 ¿Se ha cerrado en la herramienta la previsión de los tres trimestres siguientes del Proyecto?
Cumplimiento HyO críticos y no críticos Sí No No aplica Comentarios 33 ¿Se ha comprobado que se han registrado en la herramienta los valores/estados finales de los indicador de los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre y que toda la información acreditativa de los mecanismos de verificación y de ejecución presupuestaria incluyendo, en su caso, los importes de contribución a la transición ecológica y/o digital) asociada al mismo ha sido incorporada?
34 ¿Se ha comprobado que se han llevado a cabo los procedimientos para el cumplimiento del principio DNSH y de la normativa sobre Ayudas de Estado; y para la prevención de conflicto de intereses, de fraude, de corrupción y de doble financiación asociados a los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre y que existe el correspondiente registro en la herramienta informática?
35 ¿Los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre han sido marcados en la herramienta informática como finalizados 36 ¿Se han generado en la herramienta las Certificados de Cumplimiento de los hitos y objetivos Críticos y No Críticos del semestre y han sido firmadas electrónicamente por el Órgano gestor del Proyecto?
37 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Gestión del semestre correspondiente y ha sido firmado electrónicamente por el Órgano gestor del Proyecto?
38 ¿Se ha cerrado en la herramienta reporte semestral del Proyecto?
Cuestionario: Gestión de hitos y objetivos. Ejecución de Medidas (HyO CID y OA) Responsable: Entidad decisora (Órgano responsable de Medida) Ejecución de medidas Seguimiento mensual HyO CID y OA Sí No No aplica Comentarios 1 ¿Se han revisado los Informes de Seguimiento mensual de los Proyectos que integran la Medida?
2 ¿Se ha comprobado que los indicadores y mecanismos de verificación de los hitos y objetivos CID y OA de la Medida se han agregado correctamente?
3 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los indicadores y mecanismos de verificación de los hitos y objetivos CID y OA hayan agregado la información?
4 ¿Se ha comprobado que los importes comprometidos/ejecutados de la Medida se ha agregado correctamente?
5 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que la Medida haya agregado los importes comprometidos/ejecutados?
6 ¿Se ha comprobado que los importes que contribuyen la transición ecológica se han agregado correctamente, tanto a nivel Medida como a nivel Submedidas?
7 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que la Medida o las Submedidas hayan agregado la información importes que contribuyen la transición ecológica?
8 ¿Se ha comprobado que los importes que contribuyen la transición digital se han agregado correctamente, tanto a nivel Medida como a nivel Submedidas?
9 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que la Medida o las Submedidas hayan agregado la información importes que contribuyen la transición digital?
10 En su caso, ¿se han revisado los riesgos identificados por los Órganos gestores de los Proyectos y sus propuestas de acciones correctoras?
11 En los casos en los que existe desviación entre la información de progreso/ejecución de la Medida y la planificada, ¿se han identificado los riesgos y las acciones correctoras y se han registrado en la herramienta informática?
12 ¿Se ha generado en la herramienta el Informe de Seguimiento mensual de la Medida?
Previsiones trimestrales HyO CID y OA Sí No No aplica Comentarios 13 ¿Se han revisado los Informes de Previsiones firmados por los Órganos gestores de los Proyectos que integran la Medida?
14 ¿Se ha comprobado que los indicadores de los hitos y objetivos CID y OA de la Medida agregan la información de previsión correctamente?
15 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que los hitos y objetivos CID y OA hayan agregado la información de previsiones?
16 ¿Se ha comprobado que la Medida agrega la información de previsión de los importes comprometidos/ejecutados correctamente?
17 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que la Medida haya agregado la información de los importes comprometidos/ejecutados?
18 ¿Se ha comprobado que la información de previsiones de contribución a la transición ecológica se agrega correctamente, tanto a nivel Medida como a nivel Submedidas?
19 ¿Ha sido necesaria alguna acción correctiva para que la Medida o las Submedidas hayan agregado correctamente la previsión de importes que contribuyen la transición ecológica?
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