Artículo 1336 Código Civil – Composición de la dote
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO III – Del régimen económico matrimonial › CAPÍTULO III – De las donaciones por razón de matrimonio › Sección primera. De la constitución y garantía de la dote · epígrafe no oficial
La dote se compone de los bienes y derechos que en este concepto la mujer aporta al matrimonio al tiempo de contraerlo y de los que durante él adquiera por donación, herencia o legado con el carácter dotal.
Otros artículos de esta división
- Artículo 1337Bienes inmuebles con carácter dotal
- Artículo 1338Donaciones por razón de matrimonio del menor
- Artículo 1339Régimen jurídico de la dote
- Artículo 1340Obligación de dotar a las hijas
- Artículo 1341Cuantía y regulación de la dote
- Artículo 1342Modos de cumplir la obligación de dotar
- Artículo 1343Revocación de las donaciones por razón de matrimonio