Artículo 1350 Código Civil – Reducción de la hipoteca por dote estimada
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO III – Del régimen económico matrimonial › CAPÍTULO IV – De la sociedad de gananciales › Sección 2.ª De los bienes privativos y comunes – Se añade por el art. 3 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-1981-11198. · epígrafe no oficial
La cantidad que debe asegurarse por razón de dote estimada no excederá del importe de la estimación, y, si se redujere el de la misma dote, se reducirá la hipoteca en la misma proporción.
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