Artículo 1449 Código Civil – Señalamiento del precio en la compraventa
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO IV – Del contrato de compra y venta › CAPÍTULO I – De la naturaleza y forma de este contrato · epígrafe no oficial
El señalamiento del precio no podrá nunca dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Jurisprudencia sobre el Artículo 1449 Código Civil
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