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Artículo 1497 Código Civil – Responsabilidad del vendedor por muerte del animal

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO IV – Del contrato de compra y venta › CAPÍTULO IV – De las obligaciones del vendedor › Sección 3.ª Del saneamiento · epígrafe no oficial

Si el animal muriese a los tres días de comprado, será responsable el vendedor, siempre que la enfermedad que ocasionó la muerte existiera antes del contrato, a juicio de los facultativos.

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