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Artículo 1907 Código Civil – Responsabilidad por ruina del edificio

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XVI – De las obligaciones que se contraen sin convenio › CAPÍTULO II – De las obligaciones que nacen de culpa o negligencia · epígrafe no oficial

El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias.

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