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Artículo 1635 Código Civil – Donación o permuta de la finca enfitéutica

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO VII – De los censos › CAPÍTULO II – Del censo enfitéutico › Sección 1.ª Disposiciones relativas a la enfiteusis · epígrafe no oficial

El enfiteuta podrá donar o permutar libremente la finca, poniéndolo en conocimiento del dueño directo.

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