Artículo 1911 Código Civil
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XVII – De la concurrencia y prelación de créditos › CAPÍTULO I – Disposiciones generales
Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros.
Derogados
Jurisprudencia sobre el Artículo 1911 Código Civil
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Artículos citados en este artículo
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- Artículo 1919Efectos del incumplimiento del convenio concursal
- Artículo 1920Subsistencia del crédito tras el concurso