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Artículo 128 LEC – Costas

Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO I – De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles › TÍTULO IV – De la abstención y la recusación › CAPÍTULO VI – De la recusación de los peritos

El régimen de condena en costas aplicable a la recusación de los peritos será el mismo previsto para el incidente de recusación de Jueces y Magistrados.

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