Artículo 158 LEC – Comunicación mediante entrega
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO I – De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles › TÍTULO V – De las actuaciones judiciales › CAPÍTULO V – De los actos de comunicación judicial
Cuando el destinatario del acto de comunicación no venga obligado legal o contractualmente a relacionarse por medios electrónicos con la Administración de Justicia y no pudiera acreditarse que ha recibido una comunicación que tenga por finalidad su personación en juicio o la realización o intervención personal en determinadas actuaciones procesales, se procederá a su entrega en la forma establecida en el artículo 161.
Redacción anterior:
"Cuando, en los casos del apartado 1 del artículo 155, no pudiera acreditarse que el destinatario ha recibido una comunicación que tenga por finalidad la personación en juicio o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales, se procederá a su entrega en la forma establecida en el artículo 161."
Esta modificación entra en vigor el 20 de marzo de 2024, según establece la disposición final 9.2 del citado Real Decreto-ley.
Jurisprudencia sobre el Artículo 158 LEC
Artículos citados en este artículo
- Artículo 155Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador…
- Artículo 161Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula
Artículos que remiten a este
- Artículo 155Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador…
- Artículo 156Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio
- Artículo 778 sexiesDeclaración de ilicitud de un traslado o retención internacional
Otros artículos de esta división
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- Artículo 150Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación
- Artículo 151Tiempo de la comunicación
- Artículo 152Forma de los actos de comunicación. Respuesta
- Artículo 153Comunicación por medio de procurador
- Artículo 154Lugar de comunicación de los actos a los procuradores
- Artículo 155Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador…
- Artículo 156Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio
- Artículo 157Registro Central de Rebeldes Civiles
- Artículo 159Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio
- Artículo 160Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes
- Artículo 161Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula
- Artículo 162Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares
- Artículo 163Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación
- Artículo 164Comunicación edictal
- Artículo 165Actos de comunicación mediante auxilio judicial
- Artículo 166Nulidad y subsanación de los actos de comunicación
- Artículo 167Remisión de oficios y mandamientos
- Artículo 168Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación…