Artículo 302 LEC – Contenido del interrogatorio y admisión de las preguntas
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO II – De los procesos declarativos › TÍTULO I – De las disposiciones comunes a los procesos declarativos › CAPÍTULO VI – De los medios de prueba y las presunciones › Sección 1.ª Del interrogatorio de las partes
1.Las preguntas del interrogatorio se formularán oralmente en sentido afirmativo, y con la debida claridad y precisión. No habrán de incluir valoraciones ni calificaciones, y si éstas se incorporaren se tendrán por no realizadas.
2.El tribunal comprobará que las preguntas corresponden a los hechos sobre los que el interrogatorio se hubiera admitido, y decidirá sobre la admisibilidad de las preguntas en el mismo acto en que se lleve a cabo el interrogatorio.
Otros artículos de esta división
- Artículo 301Concepto y sujetos del interrogatorio de las partes
- Artículo 303Impugnación de las preguntas que se formulen
- Artículo 304Incomparecencia y admisión tácita de los hechos
- Artículo 305Modo de responder al interrogatorio
- Artículo 306Facultades del tribunal e intervención de abogados. Interrogatorio cruzado
- Artículo 307Negativa a declarar, respuestas evasivas o inconcluyentes y admisión de hechos personales
- Artículo 308Declaración sobre hechos no personales del interrogado
- Artículo 309Interrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica
- Artículo 310Incomunicación de declarantes
- Artículo 311Interrogatorio domiciliario
- Artículo 312Constancia en acta del interrogatorio domiciliario
- Artículo 313Interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial
- Artículo 314Prohibición de reiterar el interrogatorio de las partes