Fuentes oficialesboe.es · EUR-Lex
Europaius

Artículo 431 LEC – Finalidad del juicio

Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO II – De los procesos declarativos › TÍTULO II – Del juicio ordinario › CAPÍTULO III – Del juicio

El juicio tendrá por objeto la práctica de las pruebas de declaración de las partes, testifical, informes orales y contradictorios de peritos, reconocimiento judicial en su caso y reproducción de palabras, imágenes y sonidos. Asimismo, una vez practicadas las pruebas, en el juicio se formularán las conclusiones sobre éstas.

Fuente oficial: boe.es · Versión: · Texto completo · Índice de artículos

Jurisprudencia sobre el Artículo 431 LEC

1

Artículos que remiten a este

1

Otros artículos de esta división

Texto según la fuente oficial. Solo la publicación oficial tiene validez jurídica.