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Artículo 532 LEC – Confirmación de la resolución provisionalmente ejecutada

Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO III – De la ejecución forzosa y de las medidas cautelares › TÍTULO II – De la ejecución provisional de resoluciones judiciales › CAPÍTULO II – De la ejecución provisional de sentencias de condena dictadas en primera instancia › Sección 2.ª De la revocación o confirmación de la sentencia provisionalmente ejecutada

Si se dictase sentencia que confirme los pronunciamientos provisionalmente ejecutados, la ejecución continuará si aún no hubiera terminado, salvo desistimiento expreso del ejecutante.

Si la sentencia confirmatoria no fuera susceptible de recurso o no se recurriere, la ejecución, salvo desistimiento, seguirá adelante como definitiva.

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