Artículo 667 LEC – Convocatoria, anuncio y publicidad de la subasta
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO III – De la ejecución forzosa y de las medidas cautelares › TÍTULO IV – De la ejecución dineraria › CAPÍTULO IV – Del procedimiento de apremio › Sección 6.ª De la subasta de bienes inmuebles
1.La subasta se convocará de acuerdo con lo previsto en el artículo 644, y se anunciará y publicará conforme lo previsto en el artículo 645.
2.El Portal de Subastas se comunicará, a través de los sistemas del Colegio de Registradores, con el Registro correspondiente a fin de que este confeccione y expida una información registral electrónica referida a la finca o fincas subastadas que se mantendrá permanentemente actualizada hasta el término de la subasta, y será servida a través del Portal de Subastas. De la misma manera, si la finca estuviera identificada en bases gráficas, se dispondrá la información de las mismas. En el caso de que dicha información no pudiera ser emitida por cualquier causa transcurridas cuarenta y ocho horas desde la publicación del anuncio, se expresará así y se comenzará la subasta, sin perjuicio de su posterior incorporación al Portal de Subastas antes de la finalización de la subasta.
Jurisprudencia sobre el Artículo 667 LEC
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Artículos citados en este artículo
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Artículos que remiten a este
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- Artículo 656Certificación de dominio y cargas
- Artículo 668Contenido del anuncio y publicidad de la subasta
- Artículo 669Condiciones especiales de la subasta
Otros artículos de esta división
- Artículo 655 bisSubasta de bienes inmuebles
- Artículo 656Certificación de dominio y cargas
- Artículo 657Información de cargas extinguidas o aminoradas
- Artículo 658Bien inscrito a nombre de persona distinta del ejecutado
- Artículo 659Titulares de derechos posteriormente inscritos
- Artículo 660Forma de practicarse las comunicaciones
- Artículo 661Comunicación de la ejecución a arrendatarios y a ocupantes de hecho. Publicidad de la…
- Artículo 662Tercer poseedor
- Artículo 663Presentación de la titulación de los inmuebles embargados
- Artículo 664No presentación o inexistencia de títulos
- Artículo 665Subasta sin suplencia de la falta de títulos
- Artículo 666Valoración de inmuebles para su subasta
- Artículo 668Contenido del anuncio y publicidad de la subasta
- Artículo 669Condiciones especiales de la subasta
- Artículo 670Aprobación del remate. Pago. Adjudicación de los bienes al acreedor
- Artículo 671Subasta sin ningún postor
- Artículo 672Destino de las sumas obtenidas en la subasta de inmuebles
- Artículo 673Subasta simultánea
- Artículo 674Inscripción de la adquisición: título. Cancelación de cargas
- Artículo 675Posesión judicial y ocupantes del inmueble