Artículo 305 Código Civil – Funcionamiento del consejo de familia
Código Civil · LIBRO PRIMERO – De las personas › TÍTULO XII – Disposiciones comunes › CAPÍTULO V – De la guarda de hecho › Sección segunda. De la manera de proceder el consejo de familia · epígrafe no oficial
El consejo de familia no podrá adoptar resolución sobre los puntos que le fueren sometidos sin que estén presentes, por lo menos, tres vocales.
Los acuerdos se tomarán siempre por mayoría de votos.
El voto del presidente decidirá en caso de empate.
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