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Justicia gratuita: requisitos, límites y cómo solicitarla

La asistencia jurídica gratuita permite litigar sin pagar abogado, procurador, tasas, depósitos para recurrir ni peritos cuando usted no tiene recursos suficientes. Es el desarrollo del art. 119 de la Constitución y está regulada en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita (LAJG). No es una ayuda discrecional: si cumple los requisitos, tiene derecho a ella, y la resolución que la deniegue puede impugnarse ante el juez.

Le afecta si necesita demandar o defenderse en un proceso civil, laboral, contencioso-administrativo o penal y sus ingresos familiares no superan los umbrales de la ley, que se expresan en múltiplos del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). También si es víctima de violencia de género, terrorismo, trata o de determinados delitos contra menores y personas con discapacidad, porque en esos casos el derecho se reconoce con independencia de sus ingresos y de forma inmediata. Esta guía explica quién tiene derecho, qué cubre, cómo se presenta la solicitud en el Colegio de Abogados, qué plazos tienen el Colegio y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, cómo proteger sus plazos procesales mientras se resuelve, cómo impugnar una denegación y cuándo puede tener que devolver lo que se pagó con fondos públicos.

Procesal · asistencia jurídica gratuita

Datos clave

Plazo
Presente la solicitud antes de que venza el plazo procesal que le afecta y pida la suspensión al juzgado: la solicitud por sí sola no suspende el proceso (art. 16 LAJG).
Área del derecho
Procesal · asistencia jurídica gratuita
Pasos
Jurisprudencia
5
Actualizado
04/11/2026

Plazo

Presente la solicitud antes de que venza el plazo procesal que le afecta y pida la suspensión al juzgado: la solicitud por sí sola no suspende el proceso (art. 16 LAJG). El Colegio de Abogados tiene quince días para la designación provisional y la Comisión treinta días para resolver (arts. 15 y 17 LAJG); contra la resolución puede impugnar en diez días (art. 20 LAJG). Si mejora de fortuna en los tres años siguientes al proceso, puede tener que pagar las costas (art. 36.2 LAJG).

Qué hacer

  1. Compruebe si sus ingresos están dentro de los umbrales. Tienen derecho las personas físicas que, careciendo de patrimonio suficiente, no superen en ingresos brutos anuales de la unidad familiar dos veces el IPREM si no forman parte de una unidad familiar, dos veces y media si la unidad tiene menos de cuatro miembros, y el triple si tiene cuatro o más o es familia numerosa (art. 3.1 LAJG). La unidad familiar es la del IRPF, y la pareja de hecho se equipara al cónyuge (art. 3.2).

    La cuantía del IPREM se fija cada año en la Ley de Presupuestos o en la norma que la prorroga. En 2025, el IPREM anual de catorce pagas era de 8.400 euros, lo que situaba el umbral general en torno a 16.800 euros; compruebe en el Colegio la cifra y el cómputo que se aplican en 2026.

  2. Revise si puede obtenerla sin acreditar ingresos o de forma excepcional. Con independencia de sus recursos, la ley reconoce el derecho, que se presta de inmediato, a las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata, y a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección víctimas de determinados delitos graves, en los procesos vinculados a su condición de víctimas (art. 2.h LAJG). Desde la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, también a las mujeres y menores víctimas de delitos contra la libertad sexual, mutilación genital, matrimonio forzado y acoso con connotación sexual.

    En el orden social, trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social tienen reconocido el derecho para la defensa en juicio (art. 2.d LAJG). Y si supera los umbrales sin rebasar el quíntuplo del IPREM, la Comisión puede concederlo excepcionalmente por cargas familiares, salud, discapacidad o el coste del proceso (art. 5 LAJG).

  3. Prepare la documentación económica. En la solicitud debe indicar qué prestaciones pide y aportar los datos económicos y patrimoniales suyos y de su unidad familiar, sus circunstancias personales, la pretensión que quiere ejercitar y la parte contraria (art. 13 LAJG). Lo habitual es acompañar DNI o NIE, certificado de empadronamiento o convivencia, declaración del IRPF o certificado de imputaciones, nóminas o certificado de prestaciones, vida laboral, extractos bancarios recientes y, si lo hay, el documento que le notifica el procedimiento.

    La vivienda habitual no cuenta como patrimonio, pero sí otros inmuebles y los rendimientos del capital (art. 4.2 LAJG). La Comisión puede consultar telemáticamente a Hacienda, Catastro, Seguridad Social y registros (art. 17.1), y debe prestar su consentimiento usted y, en su caso, su cónyuge o pareja; si no está casado debe declarar que no tiene pareja de hecho.

  4. Presente la solicitud en el Servicio de Orientación Jurídica. La solicitud se presenta ante el Colegio de Abogados del lugar donde esté o vaya a estar el juzgado que conozca del proceso, o ante el juzgado de su domicilio, que la remitirá al Colegio (art. 12.2 LAJG). Los Colegios tienen servicios de orientación gratuitos que informan sobre los requisitos y ayudan a redactar la solicitud (art. 22 LAJG); muchas comunidades autónomas permiten presentarla también por vía electrónica.

    Si la solicitud está incompleta, el Colegio le requerirá para que la subsane en diez días hábiles; si no lo hace, archivará la petición (art. 14 LAJG). Cuando varias personas litigan juntas, cada una debe pedirlo individualmente (art. 12.3), salvo que deban litigar bajo una sola defensa, en cuyo caso se suman sus ingresos.

  5. Proteja sus plazos procesales mientras se tramita. La solicitud no suspende por sí sola el proceso. Para evitar que venza un plazo, comunique al juzgado que ha pedido la justicia gratuita y solicite expresamente la suspensión: el Letrado de la Administración de Justicia puede acordarla hasta la decisión o la designación provisional de abogado y procurador, siempre que usted la haya pedido dentro del plazo procesal (art. 16.1 LAJG).

    Si todavía no hay proceso y la acción puede prescribir o caducar, la solicitud interrumpe la prescripción y suspende la caducidad hasta la designación provisional, reanudándose desde su notificación y como máximo a los dos meses de la solicitud (art. 16.2 LAJG). En un despido, una oposición a monitorio o un recurso, no espere al último día: los plazos son cortos.

  6. Espere la designación provisional y la resolución de la Comisión. Si cumple los requisitos, el Colegio de Abogados designa provisionalmente abogado de oficio en quince días y comunica al Colegio de Procuradores la designación de procurador, cuando sea preceptivo, en tres días (art. 15 LAJG). Si el Colegio no resuelve en ese plazo, puede reiterar la solicitud ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que ordenará la designación provisional.

    La Comisión, presidida por un miembro del Ministerio Fiscal (art. 10), resuelve en treinta días; si no lo hace, quedan ratificadas las decisiones del Colegio (art. 17.2). El abogado designado que considere insostenible su pretensión debe comunicarlo en quince días; pasado ese plazo queda obligado a defenderle (art. 32). La STC 85/2020 anuló una denegación basada en un informe de insostenibilidad emitido fuera de plazo.

  7. Conozca qué cubre y qué no. El derecho incluye asesoramiento previo, defensa por abogado y representación por procurador cuando su intervención sea preceptiva, publicación gratuita de edictos, exención de tasas judiciales y de depósitos para recurrir, perito público o, excepcionalmente, privado, copias notariales gratuitas y reducción del 80 % en aranceles notariales y registrales vinculados al proceso (art. 6 LAJG). Desde la Ley Orgánica 1/2025 cubre también la asistencia de abogado en el medio adecuado de solución de controversias exigido antes de demandar (art. 6.11).

    El derecho se extiende a la totalidad de la instancia, incluida la ejecución, y a los recursos, pero no a otro proceso distinto (art. 7). No puede combinar un abogado de oficio con un procurador elegido libremente, ni al revés, salvo renuncia por escrito a los honorarios (art. 27). Recuerde que en juicios verbales de hasta 2.000 euros no son preceptivos abogado ni procurador (arts. 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, LEC).

  8. Impugne la resolución si se la deniegan. Puede impugnar la resolución que reconozca, deniegue o revoque el derecho, por escrito motivado y sin necesidad de abogado, en el plazo de diez días desde su notificación, ante el secretario de la Comisión, que lo remitirá al juzgado competente (art. 20.1 LAJG). El juzgado puede oír a las partes, celebrar comparecencia y resuelve por auto en cinco días, sin ulterior recurso; si la impugnación es temeraria, puede imponer una sanción de 30 a 300 euros (art. 20.3).

    Aporte en la impugnación los documentos que acrediten su situación real. El Tribunal Constitucional ha considerado irrazonable denegar el derecho solo porque no se pidió al inicio del proceso, cuando la insuficiencia sobreviene después (STC 90/2015 y STC 101/2019).

  9. Tenga en cuenta cuándo deberá pagar. Si gana con condena en costas a la contraria, esta paga las costas de su defensa a los profesionales designados (art. 36.1 LAJG). Si vence sin pronunciamiento sobre costas, usted debe pagar las de su defensa hasta un tercio de lo obtenido (art. 36.3). Si pierde con condena en costas, deberá pagarlas si en los tres años siguientes viene a mejor fortuna, lo que se presume cuando sus ingresos superan el doble del umbral del art. 3 (art. 36.2).

    Además, la declaración errónea, falsa u ocultación de datos determinantes da lugar a la revocación del derecho y a la obligación de pagar honorarios y prestaciones recibidas (art. 19.1), y el juez puede revocarlo si aprecia abuso, temeridad o mala fe (art. 19.2).

A qué prestar atención

Base legal

7
Esta ley establece el contenido y el alcance del derecho a la asistencia jurídica gratuita, regulando el procedimiento para que las personas con…
Esta ley orgánica busca modernizar la organización judicial en España, transformando el modelo tradicional de juzgados unipersonales hacia una…
art. 20 – Esta ley orgánica busca combatir la violencia de género, que es la violencia ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo, considerándola un…
Esta ley establece el estatuto jurídico de la víctima del delito, buscando ofrecer una respuesta amplia, tanto jurídica como social, a las víctimas…
Esta ley regula las tasas judiciales para el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, y…

Resoluciones judiciales relacionadas

5
Declara inconstitucional exigir residencia legal en España para la justicia gratuita: el extranjero sin recursos tiene derecho a ella aunque su situación sea irregular.
Otorga el amparo a quien pidió justicia gratuita para apelar: no puede denegarse solo porque no se solicitó al inicio del proceso si la insuficiencia de recursos es posterior.
Aplica la doctrina anterior y anula la denegación de justicia gratuita para el recurso de apelación basada en no haberla pedido en primera instancia.
El plazo de quince días del abogado de oficio para informar de la insostenibilidad es preclusivo; la denegación basada en un informe tardío vulnera el acceso a la jurisdicción.
Considera razonable computar los ingresos de la unidad familiar y denegar el derecho cuando superan el umbral legal sin acreditar circunstancias excepcionales.

Preguntas frecuentes

10
¿Cuánto tengo que ganar como máximo para tener abogado de oficio gratis?

Sus ingresos brutos anuales y los de su unidad familiar no deben superar dos veces el IPREM si vive solo, dos veces y media si la unidad tiene menos de cuatro miembros, y el triple si tiene cuatro o más o es familia numerosa (art. 3 LAJG). En 2025 el umbral general rondaba los 16.800 euros; confirme en el Colegio la cifra de 2026.

¿Dónde se pide la justicia gratuita?

En el Colegio de Abogados del lugar del juzgado que conocerá del proceso, normalmente en su Servicio de Orientación Jurídica, o en el juzgado de su domicilio, que la remitirá al Colegio (art. 12.2 LAJG). Muchas comunidades autónomas permiten presentarla también por vía electrónica en su sede de justicia gratuita.

¿Cuánto tardan en concederla?

El Colegio debe designar abogado provisional en quince días desde la solicitud completa (art. 15 LAJG), y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita resolver en treinta días desde que recibe el expediente (art. 17). Si la Comisión no resuelve a tiempo, quedan ratificadas las designaciones del Colegio.

¿Se paraliza el juicio mientras me dan el abogado de oficio?

No automáticamente. Debe pedir al juzgado la suspensión, y se puede acordar si presentó la solicitud dentro del plazo procesal (art. 16.1 LAJG). Si aún no hay juicio, la solicitud interrumpe la prescripción y suspende la caducidad hasta la designación provisional de abogado, con un máximo de dos meses (art. 16.2).

¿Las víctimas de violencia de género tienen que demostrar ingresos?

No. Tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita con independencia de sus recursos, de forma inmediata y con el mismo abogado en todos los procesos derivados de la violencia (art. 2.h LAJG y art. 20 de la Ley Orgánica 1/2004). La condición de víctima se adquiere con la denuncia o el inicio del procedimiento penal.

¿Puedo elegir abogado si tengo justicia gratuita?

No: el abogado y el procurador los designa el Colegio por turno de oficio. Puede tener un abogado de libre elección, pero entonces deberá pagarle, salvo que renuncie por escrito a sus honorarios; y no se pueden mezclar profesionales de oficio y de libre elección sin esa renuncia (art. 27 LAJG).

¿Qué hago si me deniegan la justicia gratuita?

Impugne la resolución por escrito motivado en diez días desde su notificación, ante el secretario de la Comisión; no necesita abogado (art. 20 LAJG). Lo resolverá el juzgado mediante auto, sin recurso posterior. Acompañe la documentación que acredite su situación económica real.

¿Tendré que devolver algo si gano o pierdo el juicio?

Si gana sin pronunciamiento sobre costas, paga a su abogado hasta un tercio de lo obtenido (art. 36.3 LAJG). Si pierde con costas, solo deberá pagarlas si en tres años mejora de fortuna (art. 36.2). Si ocultó datos, deberá pagar lo recibido (art. 19).

¿Un extranjero sin papeles puede pedir justicia gratuita?

Sí. La ley reconoce el derecho a los extranjeros que se encuentren en España y acrediten insuficiencia de recursos (art. 2.a LAJG). El Tribunal Constitucional anuló en la STC 95/2003 la exigencia de residencia legal. En procedimientos de expulsión, devolución o asilo tiene, además, derecho específico a abogado gratuito (art. 2.e).

¿Cubre la justicia gratuita la mediación previa obligatoria?

Sí, desde el 3 de abril de 2025 incluye la asistencia gratuita de abogado en el medio adecuado de solución de controversias que la Ley Orgánica 1/2025 exige antes de demandar, cuando en el proceso el abogado sería preceptivo o la otra parte actúa con él (art. 6.11 LAJG).

Guía legal – fichas prácticas

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Actualizado: · Fuentes: Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita (arts. 2 a 7, 12 a 20, 27, 32 y 36), Ley Orgánica 1/2025, de eficiencia del Servicio Público de Justicia (disp. final 10.ª – reforma de la LAJG), Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (art. 20 – asistencia jurídica), Ley 4/2015, del Estatuto de la víctima del delito, boe.es, EUR-Lex

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