Ejecución y embargo – primeros pasos y oposición
Frente a una ejecución (embargo) puede oponerse por motivos de fondo o procesales ante el juzgado que despachó ejecución, dentro de un plazo breve. Ciertos bienes e ingresos son inembargables.
Datos clave
Plazo
Oposición a la ejecución: 10 días desde la notificación del despacho de ejecución (art. 556 LEC).
Base legal
Área del derecho
Ejecución forzosa (LEC)
Pasos
Jurisprudencia
3
Actualizado
08/07/2026
Plazo
Oposición a la ejecución: 10 días desde la notificación del despacho de ejecución (art. 556 LEC).
Qué hacer
- Revise el título ejecutivo y el auto de despacho de la ejecución.
- Presente oposición en 10 días (motivos de fondo o defectos procesales).
- Alegue la inembargabilidad de parte del salario y de bienes protegidos.
A qué prestar atención
- Sin oposición, la ejecución continúa (cuenta, salario, bienes).
- El plazo de oposición es breve (10 días).
- Compruebe los límites de embargabilidad del salario.
Base legal
1
Resoluciones judiciales relacionadas
3
Oposición a la ejecución
Imposibilidad de formular oposición a la ejecución
Ejecución del embargo
Preguntas frecuentes
2
¿En qué plazo me opongo?
10 días desde la notificación del despacho de ejecución (art. 556 LEC).
¿Qué parte de mi salario está protegida?
Una parte del salario es inembargable, así como determinados bienes y prestaciones.
Guía legal – fichas prácticas
6
Proceso civil · monitorio (LEC)
Derecho administrativo sancionador (Ley 39/2015)
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Arrendamientos (LAU) y desahucio (LEC)
Consumo (TRLGDCU)
Derecho laboral · Reclamación de cantidad