Artículo 1975 Código Civil – Efectos de la interrupción respecto al fiador
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XVIII – De la prescripción › CAPÍTULO III – De la prescripción de las acciones · epígrafe no oficial
La interrupción de la prescripción contra el deudor principal por reclamación judicial de la deuda, surte efecto también contra su fiador; pero no perjudicará a éste la que se produzca por reclamaciones extrajudiciales del acreedor o reconocimientos privados del deudor.
Otros artículos de esta división
- Artículo 1963Prescripción de acciones reales sobre inmuebles
- Artículo 1964Plazos de prescripción de acciones hipotecarias y personales
- Artículo 1965Imprescriptibilidad de la acción de división
- Artículo 1966Prescripción de acciones de pagos periódicos
- Artículo 1967Prescripción trienal de acciones por servicios y suministros
- Artículo 1968Prescripción anual de acciones
- Artículo 1969Inicio del tiempo para la prescripción de acciones
- Artículo 1970Cómputo de la prescripción en rentas e intereses
- Artículo 1971Prescripción de acciones derivadas de sentencia
- Artículo 1972Prescripción de la acción de rendición de cuentas
- Artículo 1973Interrupción de la prescripción de acciones
- Artículo 1974
- Artículo 1976Derogación del derecho civil común