Proceso monitorio – cómo oponerse al requerimiento de pago
Si recibe un requerimiento de pago en un proceso monitorio, puede oponerse en el plazo de 20 días. La oposición en plazo pone fin al monitorio y la reclamación continúa por el juicio que corresponda (art. 815 y 818 LEC).
Datos clave
Plazo
20 días desde la notificación del requerimiento de pago para pagar o formular oposición (art. 815 LEC).
Base legal
Área del derecho
Proceso civil · monitorio (LEC)
Pasos
Jurisprudencia
3
Actualizado
08/07/2026
Plazo
20 días desde la notificación del requerimiento de pago para pagar o formular oposición (art. 815 LEC). Sin oposición ni pago, puede despacharse ejecución.
Qué hacer
- Compruebe la fecha de notificación: el plazo de 20 días corre desde ahí.
- Presente escrito de oposición ante el juzgado, exponiendo los motivos de fondo.
- Prepare la prueba para el juicio verbal u ordinario según la cuantía.
A qué prestar atención
- Plazo vencido: puede despacharse ejecución por la deuda reclamada.
- La oposición traslada la controversia al juicio declarativo correspondiente.
- Conviene concretar y probar los motivos de oposición.
Base legal
1
Resoluciones judiciales relacionadas
3
Requerimiento de pago y art. 815.2 LEC
Requerimiento de pago y notificación (art. 155 LEC)
Escrito de oposición al requerimiento
Preguntas frecuentes
2
¿Qué plazo tengo para oponerme?
20 días desde la notificación del requerimiento de pago (art. 815 LEC).
¿Qué ocurre tras la oposición?
Finaliza el monitorio y la reclamación sigue por el juicio verbal u ordinario según la cuantía.
Guía legal – fichas prácticas
6
Derecho administrativo sancionador (Ley 39/2015)
Derecho laboral (Estatuto de los Trabajadores)
Arrendamientos (LAU) y desahucio (LEC)
Ejecución forzosa (LEC)
Consumo (TRLGDCU)
Derecho laboral · Reclamación de cantidad